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Aborto inducido - Wikipedia, la enciclopedia libre

Aborto inducido

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Para otros usos de este término véase aborto.

Aborto (del latín abortus o aborsus, de aborior, "contrario a orior", "contrario a nacer") es la interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo, antes de que éste haya alcanzado las 20 semanas. Después de este tiempo, la terminación del embarazo antes del parto se llama parto pretérmino. El término "aborto espontáneo" se refiere a los hechos que se presentan de manera natural, o al menos sin que medie voluntad de eliminar al nasciturus (el que ha de nacer) por parte de la madre o por parte del médico que atiende el trabajo de parto.

A través de la historia, el aborto inducido ha sido frecuente materia de controversia por sus implicaciones éticas, morales y sociales. Ha sido prohibido o limitado en sociedades diversas y permitido en otras, aunque los abortos continúan siendo comunes incluso donde la presión social y/o la ley se oponen a él. Los abortos en condiciones sanitarias inadecuadas son una causa mayor de mortalidad femenina, y representan, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), un total aproximado de 70.000 muertes al año, es decir, alrededor del 13 por ciento del total de las muertes maternas. Este dato ha servido de argumento a favor de la despenalización del aborto, es decir, a favor de que el aborto deje de ser considerado un delito y se legisle con consideraciones específicas para casos específicos.

Tabla de contenidos

Aborto espontáneo

Artículo principal: Aborto espontáneo

Los abortos espontáneos ocurren cuando un embrión o un feto se pierde, debido a causas naturales, antes de la vigésima semana de desarrollo. Entre el 10 y el 50 por ciento de los embarazos terminan en un aborto espontáneo, dependiendo de la edad y la salud de la madre.[1] [2]

El riesgo de que se presente un aborto espontáneo es mayor en aquellas mujeres que han tenido más de tres abortos espontáneos conocidos, algún aborto inducido o enfermedades sistémicas (enfermedades que afectan la totalidad de su organismo), y en mujeres mayores de 35 años.

Aborto inducido

Se llama aborto inducido al que es provocado con la intención de eliminar el feto, con distintos fines, en distintos contextos sociales y legales, con o sin asistencia médica. Se estima que cada año 46 millones de mujeres alrededor del mundo recurren al aborto inducido para terminar con un embarazo no deseado. De ellos, al menos 20 millones se consideran abortos inseguros, es decir, abortos en los que la vida de la mujer suele estar en grave peligro. En 1998, la Organización Mundial de la Salud (OMS) indicó que en América Latina y en el Caribe se realizaron treinta abortos inseguros por cada mil mujeres de entre 15 y 49 años de edad, más del doble del promedio mundial de trece abortos por cada mil mujeres. Se estima que el aborto inseguro constituye la causa primordial de las 600.000 muertes maternas que se producen cada año. En América Latina y en el Caribe, de los 18 millones de embarazos que se producen cada año, 52 por ciento no son planeados y el 21 por ciento de ellos terminan en un aborto.

Circunstancias legales de aborto

La mayor parte de las legislaciones reguladoras, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen entre aborto terapéutico y aborto electivo.

Aborto terapéutico

Es el que es justificado con razones médicas:

  • para salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para su vida;
  • para salvar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto;
  • para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves, o
  • para reducir el número de fetos en embarazos múltiples hasta un número que haga el riesgo aceptable.

Para la Organización Mundial de la Salud, este tipo de aborto debe estar autorizado por la legislación de cada país, con el fin de evitar las miles de muertes de personas producidas anualmente: "Aborto legal para no morir". Los objetores aducen que no es ético sacrificar a unos para salvar a otros.

Aborto electivo

El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.

También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.

Circunstancias sociales

Amnistía Internacional respalda la despenalización del aborto para garantizar que las mujeres tengan acceso a servicios de salud cuando surgen complicaciones derivadas del aborto, y para defender el derecho de las mujeres al aborto –dentro de los límites razonables que impone la gestación– cuando su vida o su salud corran peligro.

Su postura ha sido cuestionada tanto por personas como por organizaciones tales como la Iglesia Católica, los cuales sostienen que, si Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte, no es congruente que acepte su aplicación a lo que entienden como un menor de edad inocente. El problema, aquí, es el debate que se ha generado en cuanto a la definición de "menor de edad" y a la definición precisa del inicio de la vida (las definiciones de "individuo" y "persona"), pues quienes están a favor de la despenalización del aborto se preguntan: ¿Se trata realmente de una persona? ¿Cuándo, a partir de cuánto tiempo puede considerarse que el producto de la fecundación de un óvulo por un espermatozoide es ya una persona, un individuo? ¿Es acaso a partir del momento en que ya se formó completamente el sistema nervioso central, pues es éste el que nos da conciencia de nuestros pensamientos, de nuestros sentimientos, de nuestras sensaciones físicas, del dolor?

El aborto inducido ha sido y es diversamente considerado en distintas sociedades: para algunos, un procedimiento habitual para la limitación de la progenie; para otros, un crimen castigado con la pena de muerte; para unos, una práctica éticamente neutra; para otros, un pecado merecedor del estigma social y/o eclesiástico.

Procedimientos para la inducción del aborto

El aborto puede ser inducido de muchas maneras, y la elección depende del tiempo de desarrollo del embrión o feto, de la salud de la madre, del contexto socioeconómico en el que se tome la decisión y se realice el acto, especialmente el acceso a los servicios médicos, y de los límites puestos por la legislación, entre muchos otros factores.

Procedimientos bajo control sanitario

Aborto químico

Consiste en la interrupción del desarrollo del embrión y en su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido por lo que suele ser una combinación de fármacos. Sólo es factible en las primeras semanas del embarazo y representa el 10 por ciento de los abortos realizados en los Estados Unidos y en Europa.

Este tipo de procedimiento suele ser el preferido cuando es posible, porque no requiere anestesia ni tampoco una intervención quirúrgica (el uso de instrumentos), siendo los mayores inconvenientes el sangrado y que la mujer puede observar el proceso y el embrión expulsado, lo que es psicológicamente doloroso para aquellas mujeres que dudan de la moralidad o de la conveniencia del acto.

El procedimiento ve reducida su efectividad después de la séptima semana de desarrollo. A pesar de su relativa sencillez, el proceso requiere una vigilancia médica continuada para asegurar el éxito, para prevenir posibles complicaciones, y también a menudo porque la evacuación es incompleta y requiere la intervención final de un médico. Los regímenes más comunes son:

  • Metotrexato más mixoprostol. El metotrexato se administra con una inyección y afecta a las células en proliferación del embrión, provocando la interrupción de su desarrollo. Unos días después, la administración de mixoprostol, una prostaglandina que estimula la contracción del útero, provoca la expulsión de sus restos. El procedimiento está contraindicado en distintas condiciones médicas, como por ejemplo la insuficiencia renal.
  • Mifepristona con o sin mixoprostol. La mifepristona (RU-486) es antagonista de la progesterona, hormona necesaria para la continuidad de la gestación, y puede administrarse hasta 49 días después de la última regla (véase menstruación). Si, tras su uso, no se produce la expulsión del producto, ésta se estimula con mixoprostol, que cumple la misma función que en el protocolo anterior. Igualmente presenta contraindicaciones diversas, por ejemplo con el uso previo continuado de terapias basadas en esteroides.
  • Mixoprostol solo. Raramente usado, requiere una dosificación muy precisa y una vigilancia médica especialmente intensiva.

Aborto quirúrgico

El método quirúrgico más empleado entre las doce semanas de embarazo es el aborto por aspiración. Consiste en la remoción del feto o del embrión a través de succión, usando una jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración. La aspiración manual es llamada también minisucción o extracción menstrual. Se aplica sólo durante las primeras semanas y no requiere dilatación cervical (véase también cérvix o cuello uterino). Para estas primeras semanas, se habla de "interrupción del embarazo", más que de "aborto", aunque en realidad ambos términos son sinónimos. Los antiabortistas dicen que eso es una denominación eufemística. A partir de la semana decimoquinta y hasta la vigesimosexta, se requiere dilatación cervical y manipulación quirúrgica, además de succión.

El método de dilatación y raspado (véase legrado) es un método general que se emplea también durante el examen médico para tomar muestras o para la detección de ciertos tipos de cáncer. Se conoce también con el nombre de nacimiento parcial, y suele hacerse entre la sexta y la decimocuarta semana. La OMS recomienda que este método no se use salvo cuando la aspiración manual no es factible, y de hecho su uso es poco frecuente.

En estados avanzados de la gestación, si se ha de practicar un aborto por razones terapéuticas, se usan otros procedimientos adecuados para el mayor estado de desarrollo del feto. Se puede provocar el parto prematuro usando prostaglandinas, a la vez que se inyecta suero salino o urea en el líquido amniótico, que causa quemaduras fatales en el feto. En los casos más avanzados se usan técnicas excepcionales, como la llamada "de dilatación y extracción intacta o aborto por nacimiento parcial, que requiere dos o tres días de preparación, para asegurar la dilatación cervical necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El médico manipulará al feto, para hacer salir primero sus piernas, hasta dejar adentro sólo la cabeza, si así es necesario. Por último, se vacía el encéfalo por succión después de practicar una incisión en la base del cráneo. Esta técnica, que es polémica, se aplica en menos de la sexta parte de los abortos tardíos practicados en Estados Unidos (por supuesto, estamos hablando aquí de un feto, que es una etapa mucho más avanzada del desarrollo del producto, y no de un embrión, que representa únicamente los primeros tres meses de desarrollo), fue prohibida por la administración Bush, pero fue apoyada por Tony Blair en el Reino Unido.

Cuando la gestación está muy avanzada, se empieza por provocar el paro cardíaco del feto mediante una inyección. [cita requerida]. Por supuesto, las técnicas tardías ponen en mucho mayor riesgo la salud de la madre.

Procedimientos tradicionales

Aspectos jurídicos

Artículo principal: Aborto (derecho)
Situación jurídica del aborto distintos países del mundo.      Legal      Legal en caso de violación, riesgo para la vida de la madre, problemas de salud física o mental, factores socioeconómicos y/o defectos del feto      Ilegal excepto en caso de violación, riesgo para la vida de la madre, problemas de salud física o mental y/o defectos del feto      Ilegal excepto en caso de violación, riesgo para la vida de la madre y/o problemas de salud física o mental      Ilegal excepto en casos de riesgo para la vida de la madre, o problemas de salud física y/o mental      Ilegal sin excepciones      Varía por región      No hay información Lineas verticales (varios colores): Ilegal pero tolerado
Situación jurídica del aborto distintos países del mundo.
     Legal      Legal en caso de violación, riesgo para la vida de la madre, problemas de salud física o mental, factores socioeconómicos y/o defectos del feto      Ilegal excepto en caso de violación, riesgo para la vida de la madre, problemas de salud física o mental y/o defectos del feto      Ilegal excepto en caso de violación, riesgo para la vida de la madre y/o problemas de salud física o mental      Ilegal excepto en casos de riesgo para la vida de la madre, o problemas de salud física y/o mental      Ilegal sin excepciones      Varía por región      No hay información Lineas verticales (varios colores): Ilegal pero tolerado

Dependiendo del ordenamiento jurídico vigente, el aborto se considera una conducta penalizada o despenalizada, atendiendo a las circunstancias específicas. Con todo, en la actualidad, todos los países desarrollados del mundo permiten la realización de abortos en determinadas circunstancias, siguiendo la recomendación de la OMS.

Recientemente, Portugal (2006), Colombia (2006) y la ciudad de México (2007) tomaron la decisión de despenalizar el aborto. En la ciudad de México, no obstante, el tema está nuevamente en discusión, pues se espera aún la decisión de la Suprema Corte de Justicia, en el sentido de que esta instancia considere anticonstitucional la despenalización, ya tomada por la Asamblea de Representantes, a pesar de los múltiples casos que han sido atendidos debidamente, por las instituciones de salud del Gobierno del Distrito Federal, en el tiempo transcurrido desde la despenalización.

Las situaciones jurídicas posibles van desde el aborto considerado como un delito contra la vida humana (consistente en la interrupción intencional del proceso fisiológico del embarazo, por aniquilamiento del producto de la concepción en cualquiera de los momentos anteriores al término de la preñez, ya sea debido a la expulsión violenta del feto o a su destrucción en el vientre de la madre) o despenalizándolo, en caso de que la mujer embarazada tome la decisión de manera libre y consciente.

El sistema anglosajón, el sistema europeo-continental y el sistema internacional de protección de derechos humanos (véase derechos humanos o DDHH) consideran que se violan los derechos fundamentales de las mujeres cuando se prohíbe de forma absoluta el aborto. El primer sistema desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’. El modelo continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, ya sea que se le especifique como libertad reproductiva (véase derechos reproductivos) o como derecho a la autodeterminación. Finalmente, el sistema internacional de protección de los derechos humanos (entiéndase, aquí, tanto las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales –como es el caso de Amnistía Internacional- como los organismos de protección de DDHH de carácter universal, como la Comisión y Comité de Derecho Humanos de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud) relaciona el problema de la despenalización o no despenalización del aborto con la violación del derecho que tienen las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, con la prohibición general de la tortura (situaciones que se reducirían notoriamente si el aborto se despenalizara y se legislara su realización, a través de procedimientos escrupulosamente cuidadosos, con atención a las necesidades tanto físicas como emocionales de las mujeres, en las instituciones de salud gubernamentales) (véase corrupción).

Evolución histórica

En Grecia, Sócrates abogaba por que el aborto fuera un derecho materno. La primera referencia al aborto se encuentra en los libros atribuidos a Hipócrates, en cuyo juramento se prohíbe una forma de aborto que dañaba la salud de la mujer.

Los antiguos griegos apoyaban el aborto para regular el tamaño de la población y mantener estables las condiciones sociales y económicas. Platón recomendaba (sin considerarlo obligatorio) el aborto a las mujeres embarazadas mayores de 40 años (o si su compañero era mayor de 50 años), y además veía la terminación del embarazo no deseado como un medio para perfeccionar el propio cuerpo.

Aristóteles sostenía que el feto se convierte en 'humano' a los 40 días de su concepción, si es masculino, y a los 90, si es femenino. Aristóteles recomendaba el aborto para limitar el tamaño de la familia, y en su Política lo dejaba librado a la madre, salvo que se tratara de cuestiones de Estado.

Según el derecho romano, al nasciturus no se lo consideraba persona, por lo que en la Antigua Roma el aborto estaba permitido; aunque, sin embargo, sí se le reconocían derechos. Por ejemplo, si la mujer embarazada estaba condenada a muerte, la ejecución se posponía hasta el nacimiento. También, si el padre del nonato era senador al momento de la concepción, el bebé nacía con los privilegios de un hijo de senador. En la época de Ovidio debió ser muy extendido, pues este autor escribió lo siguiente, refiriéndose a las clases superiores:

Nunc uterum vitiat quae vult formosa videri, Raraque, in hoc aevo, est quae velit esse parens.

(Que puede traducirse como sigue: "Ahora corrompe su vientre la que quiere verse hermosa, y es rara, en esta época, la que quiere ser madre.")

En el siglo II encontramos el primer registro de leyes promulgadas por el Estado contra el aborto, decretando el exilio contra madres y condenando a los que administraban la pócima abortiva a ser enviados a ciertas islas, si eran nobles, o a trabajos en las minas de metal, si eran plebeyos.

En la Edad Media, el derecho canónico distinguía el corpus formatum del corpus informatum. El primero es aquél que se halla en condiciones de recibir el alma, convirtiéndose en feto animado; el segundo es el que no había llegado a ese estado. Hubo división, pero en general se sostuvo que el surgimiento de "lo humano" tenía lugar 40 días después de la concepción, en los varones, y 80 días, en las mujeres, siguiendo a Aristóteles.

Antes de la invención del condón en el siglo XVIII no existían métodos anticonceptivos seguros. Se recurría al infanticidio y al aborto como medios "pacíficos" para limitar la población.

Durante el siglo XVIII muchos países del mundo crearon leyes que convertían el aborto en ilegal.

Historia reciente

A principios del siglo XX, muchos países empezaron a despenalizar el aborto cuando éste se efectuaba para proteger la vida de la madre, y en algunos casos para proteger su salud. Islandia fue el primer país occidental en legalizar el aborto terapéutico bajo circunstancias límite, en 1935.

Desde finales de la Segunda Guerra Mundial, en casi todos los países industrializados la normativa acerca del aborto comenzó a ser liberalizada, y desde la década de los 50 la mayor parte de los países ex socialistas de Europa central y del Este consideraron al aborto un acto legal cuando se practicaba en el primer semestre del embarazo y a solicitud de la mujer embarazada.

A finales de los años 60, las mujeres en Canadá, en los Estados Unidos y después en casi toda Europa empezaron a rechazar el dominio masculino en el debate sobre el aborto, afirmando que la decisión de abortar es completamente personal, de la propia mujer.

Hacia finales de la década de los 60 y durante los 70, la mayor parte de los países desarrollados despenalizaron el aborto y ampliaron las circunstancias en que éste se permitiría.

Para 1973, el aborto ya se consideraba legal en 44 países, de los cuales 19 sólo lo permitían por razones médicas, 6 incluían además razones morales y 19 más incluían otros tipos de razones. Los países de la Europa mediterránea (Italia, Portugal, España) e Irlanda, de más honda influencia católica, no tenían liberalizado ningún supuesto.

La religión ha influido bastante en la postura antiabortista europea, aunque en Estados Unidos han proliferado las organizaciones ateas antiabortistas.

Sólo unos pocos países, como los escandinavos, despenalizaron el aborto antes que Gran Bretaña, en 1967. Poco después, muchos otros países hicieron lo mismo, incluyendo Canadá (1969), Estados Unidos (para 1973, en la mayor parte de los estados), Francia (1975), Nueva Zelanda (1977), Italia (1978) y los Países Bajos(1980). En 1975, la Corte Suprema alemana abolió todas las leyes estatales que legalizaban el aborto, sosteniendo que contradecían los derechos humanos.

Situación actual (2005)

Actualmente todos los países desarrollados del mundo permiten el aborto en determinadas circunstancias, siguiendo la recomendación de la Organización Mundial de la Salud. En cambio, algunos ordenamientos jurídicos de países subdesarrollados o en vías de desarrollo consideran al aborto un delito de gravedad inferior al infanticidio. Unos pocos países penan el aborto de modo total y sin admitir excepción alguna, aun cuando esté en peligro la vida de la madre: Andorra, Chile, Filipinas, El Salvador, Somalia y el Vaticano.

La mayoría de los países del mundo permiten el aborto en ciertos casos. Actualmente, el 62 por ciento de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, ya sea sin restricciones en cuanto a su causa o por razones socioeconómicas. Mientrs tanto, el 25 por ciento viven en 54 países que lo prohíben completamente o lo permiten sólo para salvar la vida de la mujer”.

Aproximadamente el 25 por ciento de la población mundial viven en países con leyes abortivas sumamente restrictivas, sobre todo en América Latina, Africa y Asia. Estos son los países donde el aborto se encuentra más restringido de acuerdo con la ley. En algunos países, tales como Chile, las mujeres todavía son enviadas a la cárcel si se realizan un aborto ilegal.

Algunas legislaciones establecen precondiciones, tales como períodos de espera, la provisión de información, la opinión de varios médicos o la notificación al cónyuge o a los padres de la mujer embarazada. En otros países, como Canadá, se admite sin restricciones. Un cuadro comparativo de las legislaciones nacionales aparece en Aborto (derecho).

Es posible distinguir dos sistemas de regulación del aborto en la actualidad. El sistema de indicaciones (que distingue entre aborto terapéutico y aborto voluntario) y el sistema de plazos, que supone el aborto libre hasta que se llega a un momento determinado de la gestación, que suele fijarse en torno a las doce primeras semanas del embarazo. Ello pues la posición científica mayoritaria en torno a este asunto señala que el embrión de 12 semanas no es un individuo biológico, ni mucho menos una persona: carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero. El desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales, y no se han establecido las conexiones nerviosas que caracterizan al ser humano (la conciencia, por ejemplo). El embrión, por tanto, no experimenta dolor ni ninguna otra percepción sensorial.

Otra postura, como la de Janet di Pietro, de la Universidad Johns Hopkins, dice que sobrevalorar el momento del parto es atávico, producto de ideas oscurantistas, de creencias en un "alma" que se insufla con la primera respiración de aire, mientras que las leyes podrían basarse en un reconocimiento de la existencia de un cerebro prenatal capaz de condicionar ciclos de vigilia y sueño.[cita requerida]

Cabe advertir que la no punibilidad (ausencia del castigo penal) del aborto no significa que en estos países el aborto sea más frecuente que en los que sí lo castigan. Una educación sexual masiva, y un amplio acceso a los métodos anticonceptivos favorece que ocurran pocos abortos. Un ejemplo de esto es el caso de Holanda, que es el país con menor frecuencia de abortos del mundo (12,7 por ciento de los embarazos). Sectores antiabortistas sostienen que esta relación no se cumple en todos los casos, señalando como ejemplo el caso del Reino Unido (cuya tasa de abortos es del orden del 22,8 por ciento de los embarazos), donde desde 1967, año de aprobación de la Abortion Act (Ley del Aborto), la tasa de abortos sobre el número de nacidos vivos ha aumentado continuamente. Estas fuentes indican un número de 6.474.446 casos desde la aprobación de esa ley hasta 2004, si bien las estadísticas oficiales sumadas de la Office of National Statistics (Oficina Nacional de Estadística) y de IDS Scotland arrojan guarismos menores (5.436.401 casos desde la sanción de la ley hasta el final de 2002).

Aborto por indicación médico-legal

Se entiende por aborto con indicación médico-legal el acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país preve la no imposición de una pena por tal motivo, aun cuando el aborto en general sea considerado un delito.

La importancia del aborto por indicación médico-legal es que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.[3]

Aspectos religiosos

Catolicismo

El magisterio de la Iglesia católica ha condenado desde siempre el aborto, aun cuando se hayan dado discusiones teológicas sobre el momento de la creación del alma (véase, por ejemplo, el artículo traducianismo). Por su parte, los padres de la Iglesia son unánimes en reprobar como homicidio la eliminación del embrión humano. Así, por ejemplo:

No matarás con el aborto al fruto del seno y no dejarás morir al niño ya nacido.[4]

O Tertuliano:

Es un homicidio anticipado impedir el nacimiento; poco importa que se suprima al alma ya nacida o cuando está naciendo. Es un hombre el que lo será en el futuro.[5]

En el magisterio

En el primer Concilio de Maguncia −un concilio local del año 847− se confirman penas canónicas propuestas por reuniones anteriores: a la mujer que haya abortado se le han de prescribir 10 años de penitencia. El Papa Esteban V afirmó, en su carta Consuluisti de infantibus, que cometer un aborto es un homicidio.[6]

Luego de esta alusión, el magisterio de la Iglesia no volvió a pronunciarse sobre el tema hasta el siglo XX, aunque desde 1930 lo ha hecho de manera continua y cada vez más amplia. Pío XI,[7] Pío XII, en varios discursos, como por ejemplo, el que impartió a la Sociedad de Médicos Italianos de San Lucas (12 de noviembre de 1944), Juan XXIII[8] han condenado el aborto como homicidio. En el Concilio Vaticano II se encuentra una de las condenas más fuertes y a la vez más citadas en el magisterio posterior. En la Constitución Pastoral Gaudium et Spes se lee lo siguiente:

La vida desde su concepción ha de ser salvaguardada con el máximo cuidado; el aborto y el infanticidio son crímenes abominables.[9]

El Papa Juan Pablo II recuerda, en la encíclica Evangelium Vitae, que quienes a sabiendas de la pena incurren o colaboran en un aborto (padres y cómplices sin cuyo apoyo el aborto no se hubiera realizado) incurren en excomunión inmediata (llamada en el Código de Derecho Canónico latae sententiae).[10]

Debates teológicos acerca del embrión

En relación con el momento en que se puede considerar "persona humana" a un hombre, los padres de la Iglesia y teólogos católicos se han dividido en varias corrientes de opinión, entre las cuales destacan al menos dos:

  • Los partidarios de la animación inmediata (desde el momento de la concepción), que consideraban el origen del alma humana por una preexistencia anterior a su unión con el cuerpo (platonismo cristiano) o por una derivación del alma de los padres (traducianismo)
  • Los partidarios de la animación mediata o retardada (después de un cierto tiempo), que aceptaban que las almas son creadas por Dios (Creación).

La tesis creacionista fue la que se impuso y la que pasó a ser oficial y, en consecuencia, la tesis de la humanización retardada fue la opinión mantenida de forma generalizada durante la Edad Media, determinando que el alma racional aparecía en el varón a los 40 días y en la mujer a los 80[cita requerida]. Al margen de estas corrientes de opinión, lo que es seguro es que en los escritos patrísticos hay un rotundo rechazo al aborto.

Judaísmo

La tradición judía es proclive a la santidad del feto, y no permite el aborto a solicitud. Sin embargo, permite el aborto bajo determinadas circunstancias, porque no considera al feto como persona autónoma. La Mishná (Ohalot 7:6) indica explícitamente la admisibilidad del aborto si la continuidad del embarazo pudiera poner en peligro la vida de la madre.

El judaísmo ortodoxo no admite otra causa que el peligro para la vida materna, en tanto el judaísmo conservador considera también la posibilidad de graves daños a la salud física o mental, o cuando el feto es inviable o padece graves defectos, según opinión médica experta.

Legislación islámica

La ley islámica permite el aborto por razones médicas hasta un cierto punto de la gestación. En el Islam no se admite que pueda haber independencia entre la ley y la ética, así que el debate sobre la ley se confunde con el debate ético. Por otra parte, se atribuye importancia al conocimiento médico que aporta el jurista versado en medicina, como Averroes, o el médico conocedor de la ley islámica, como Avicena. El feto adquiere la condición legal de persona cuando recibe de Dios su alma personal, momento para cuya identificación se confía también en la ciencia del médico, no sólo en la revelación. De acuerdo con las tradiciones orales, el momento de la infusión del alma es a los 120 días o cuatro meses.[11]

El Islam anima a la reproducción y desalienta el aborto, que no recibe fácilmente la aprobación social, pero tampoco es considerado necesariamente un crimen. Es visto más bien como un recurso que debe usarse sólo en último lugar. Es requerimiento indispensable la expresión de la voluntad de la madre de llevarlo a cabo.

Hay dos escuelas jurídicas que valoran de maneras opuestas el aborto. La escuela Janafi permite el aborto libremente en los cuatro meses iniciales, incluso cuando la iniciativa de la mujer no cuenta con el permiso del marido. La escuela Maliki prohíbe en su mayoría el aborto de manera absoluta, argumentando que, aunque el feto no sea propiamente humano, no se debe interferir con su destino natural de adquirir su alma, una vez que el semen se ha instalado. Algunos miembros de la escuela Maliki encuentran permisible el aborto hasta los 40 días. Las otras escuelas legales islámicas, tanto suníes como chiíes, mantienen, en conjunto, posiciones semejantes a las de la escuela Hanafi. De las cinco categorías en que se clasifican jurídicamente los actos — obligatorios, recomendados, opcionales, culpables o desalentados y prohibidos —, el aborto ha sido situado generalmente entre los opcionales o tolerables, especificándose los casos en los que el aborto debe considerarse criminal y punible. En general, son razones de salud las que se considera que justifican el aborto.[11]

Aspectos biológicos y médicos

El aborto inducido es una de las intervenciones médicas que más se realizan. Veinte de los 46 millones de abortos realizados cada año son inseguros, desde el punto de vista médico. Cada 6 minutos muere una mujer a causa de un aborto ilegal e inseguro médicamente. La legalización o despenalización del aborto podría evitar la muerte innecesaria de la mujer.

Desde un punto de vista científico, la mayor parte de las legislaciones del mundo desarrollado permiten libremente el aborto hasta las 12 o 14 semanas de desarrollo pues, según ha declarado el Colegio de Bioética de México “el embrión de 12 semanas no es un individuo biológico, ni mucho menos una persona: carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero. El desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales, y no se han establecido las conexiones nerviosas que caracterizan al ser humano. El embrión, por tanto, no experimenta dolor ni ninguna otra percepción sensorial, según el informe”.

La réplica de las corrientes antiabortistas se basa en la idea de que, sea cual sea el desarrollo del embrión, éste debe ser protegido. Se sostiene que los cuerpos de la mujer y del embrión son distintos, debido a que el sistema inmunológico de la mujer destruye al embrión si se pone en contacto con él. Otro de los argumentos que sostienen es que el ADN del feto es diferente al de la madre, por lo que podría considerarse un ser distinto.

Recientemente se ha incorporado al debate bioético la consideración sobre el status de "humano" o "aún no humano" del "nasciturus" ("el que ha de nacer") durante la primera etapa de desarrollo prenatal, en la cual algunos ya lo denominan "preembrión". Este debate llevaría a una recalificación bioética de las intervenciones sobre el preembrión, ya sea por su eliminación en el microaborto o por su manipulación durante la investigación sobre sus células totipotenciales o "células madre" (stem cells) en laboratorios de ingeniería genética.

Aspectos sociales

Se estima que cada año 46 millones de mujeres recurren al aborto inducido para dar por terminado un embarazo no deseado. El tratamiento legislativo varía enormemente de un país a otro, pero actualmente el 62 por ciento de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, mientras que el 25 por ciento de la población mundial vive en países que lo prohíben y penalizan. La OMS estima que cada año ocurren 20 millones de abortos inducidos.

Los abortos clandestinos generan un problema de salud pública, por el índice de muertes y por las consecuencias que tienen en la vida de las mujeres.

Los partidarios de la despenalización sostienen que el aborto es una cuestión de derechos humanos: prohibirlo atenta contra los derechos fundamentales de las mujeres y contra los principios de justicia social, ya que generalmente las mujeres que mueren víctimas de un aborto clandestino mal realizado son las que tienen menores recursos económicos y que pertenecen a los sectores socioeconómicos mas vulnerables.

Los opositores del aborto legal, a su vez, afirman que este enfoque constituye un punto de vista extremista de los derechos humanos de la mujer, que da como resultado una superposición sobre el derecho a la vida.

Mortandad debida al aborto clandestino

El aborto clandestino es inseguro porque no se da en condiciones que puedan garantizar una intervención óptima. Se recurre a personal no especializado. Se pone en riesgo la vida de la mujer. Las hemorragias y otras complicaciones del aborto incompleto son una de las causas de la mortalidad materna.

En América Latina y el Caribe, 5.000 mujeres mueren cada año debido a complicaciones relacionadas con abortos inseguros (más de la quinta parte del total de muertes maternas). Esta cifra corresponde al 21 por ciento de las muertes maternas a nivel mundial.

En 1996, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) indicó que el aborto es la causa primordial de mortalidad materna en Chile, Guatemala, Panamá, Paraguay y Perú, la segunda causa de muerte en Costa Rica y la tercera causa de muerte en Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, Honduras, México y Nicaragua.

De todas las mujeres que se someten a un aborto en condiciones de riesgo, un número aproximado de entre el 10 y el 50 por ciento necesitan atención médica para el tratamiento de las complicaciones. Abortos incompletos, hemorragias y complicaciones infecciosas son algunos de los riesgos que corren las mujeres al no recibir un tratamiento médico adecuado con las condiciones necesarias para garantizar la vida y la salud.

La OMS estima que el 13 por ciento de las aproximadamente 600.000 muertes relacionadas con embarazos a nivel mundial son el resultado de la realización de abortos en condiciones de salubridad inseguras. La mortalidad por aborto inducido es de 0,2 a 1,2 por cada 100.000 abortos en países donde el aborto está permitido. En países donde el aborto está penalizado se encuentran 330 muertes por cada 100.000 abortos.

"Los abortos realizados en condiciones de riesgo ponen en peligro la vida de muchas mujeres, lo cual representa un problema de salud pública grave. La mayoría de estas muertes, los problemas de salud y las lesiones podrían prevenirse mediante un mayor y mejor acceso a servicios adecuados de atención en salud, incluyendo métodos seguros y efectivos de planificación familiar y atención obstétrica de urgencia..." (Párrafo 97. Plataforma de Acción IV Conferencia Mundial de la Mujer. Beijing (Pekín) 1995).

Aborto selectivo de fetos femeninos en la actualidad

En la actualidad, en los países con mayores poblaciones del mundo, China[12] e India, donde está legalizado el aborto, la coincidencia de tres situaciones, los avances médicos que permiten determinar el sexo del futuro hijo, la situación de legalización del aborto y una 'preferencia cultural' por los hombres han hecho que el número de mujeres disminuya y que haya un mayor número de abortos de embriones y fetos femeninos. Particularmente en la India, los investigadores calculan que, de 1985 a 2005, 10 millones de posibles futuras mujeres han sido abortadas de manera selectiva.[13] a.[14] El censo del 2001 en la India reveló que “faltaban” cincuenta millones de mujeres, yendo en contravía a la tendencia mundial, en la que el número de mujeres supera ligeramente al de los hombres. Se dice en la India que "es más probable que un bebé no llegue a nacer si es una niña". Por otra parte, la aplicación de la política de un solo niño en China en 1979 incrementó la población masculina, pues los padres intentaban engañar y evitar la ley mediante el aborto preferencial o el abandono de las hijas no deseadas.[12] a[15]

En consecuencia, en la India está prohibido realizar ecografías o ultrasonidos para determinar el sexo del feto, pues, dado que el aborto es legal, muchas mujeres se ven obligadas a abortar si el feto es una niña porque, supuestamente,[16] “una hija no podrá cuidar de sus padres cuando envejezcan, porque será la causa del empobrecimiento de la familia al tener que pagar una dote en su boda, porque será considerada un huésped en su propia casa hasta el día en que la abandone para casarse, porque el prestigio de la madre y su posición en la familia sólo se verán consolidados si el que nace es un varón o porque se cree que son los varones quienes pueden realizar los ritos funerarios por sus padres.” El aborto e infanticidio selectivo hacia futuras mujeres podría tener una influencia en la relación hombres-mujeres, que se elevó de 117:100, según datos del 2002.[15]

Fuera de estos dos países, no se han reseñado otros casos significativos de países donde el aborto tenga tales implicaciones discriminatorias sobre las mujeres y en donde preferencialmente fetos o embriones de sexo femenino sean abortados o bebes mujeres recién nacidas sean abandonadas y discriminadas en razón a su sexo.

Aspectos psicológicos

Para la mayoría de las mujeres, la decisión de tener un aborto es difícil. El Royal College of Psychiatrists, la principal organización profesional de psiquiatras del Reino Unido, afirma que el asunto de la relación entre aborto provocado y los efectos sobre la salud mental de la madre no está del todo resuelto. Existen algunos estudios que no encuentran consecuencias negativas, y otros que sí. Por tanto, como el aborto voluntario quizás podría suponer un riesgo para la salud mental de las mujeres, recomienda que se asesore convenientemente sobre estos riesgos a quienes deseen abortar.[17]

La National Abortion Federation norteamericana sostiene que, científicamente, no existe evidencia de un estrés "post-aborto" a largo plazo, ni de depresión ni ansiedad ni de ninguna otra enfermedad psicológica, concluyendo que el mayor estrés es previo al proceso, e indicando que la gran mayoría de las mujeres afirman experimentar una posterior situación de alivio.[18]

Un estudio publicado en el Journal of Child Psychiatry and Psychology y financiado por el gobierno de Nueva Zelanda determinó que el 42% de las mujeres bajo seguimiento que abortaron antes de los 25 años sufrían de depresión; esta cifra es el doble de las que nunca estuvieron embarazadas, y 35% mayor que quienes decidieron seguir con su embarazo. El mismo estudio estableció que aquellas que abortaron eran dos veces más propensas a beber alcohol a niveles peligrosos que aquellas que no lo hicieron, y tres veces más propensas a depender de drogas ilícitas.[19]

Aborto y derechos humanos

En el último tiempo, los más importantes organismos de protección de derechos humanos han abogado por la despenalización del aborto al considerar que su prohibición viola los derechos humanos de las mujeres. Entre otros, se encuentran la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Europea de Derechos Humanos, Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDHNU), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Amnistía Internacional (AI).

El sistema anglosajón, el sistema europeo-continental y el sistema internacional de protección de los derechos humanos consideran que se violan los derechos fundamentales de las mujeres cuando se prohíbe de forma absoluta el aborto. El primer sistema desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’. El modelo continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, sea que se le especifique como libertad reproductiva o como un derecho a la autodeterminación. Finalmente, el sistema internacional de protección de los derechos humanos (entiéndase aquí tanto las ONGs internacionales –como es el caso de Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derecho Humanos de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud) relaciona el problema del aborto con la violación del derecho de las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, con la prohibición general de la tortura.

Desde el punto de vista ético-filosófico, existen varios posibles planteamientos: derecho del feto/derecho de la mujer embarazada, tolerancia y elección de la maternidad.

Posiciones políticas

En general, la derecha política y el neoconservadurismo suelen alinearse con aquellos movimientos sociales y eclesiásticos que se oponen al aborto.

Por el contrario, la mayor parte de la izquierda política, los grupos humanistas, los racionalistas, los liberales y los filosóficamente materialistas, así como los grupos feministas, luchan por la no penalización (o despenalización) del aborto y la libertad limitada de elección.

Sin embargo, esa separación se ha difuminado recientemente. Por un lado, fieles católicos mantienen posiciones a favor de la despenalización (como es el caso del grupo Católicas por el Derecho a Decidir) y, por el otro, han surgido grupos feministas y ateos antiaborto, como Feminists for Life y Atheists for Life.

Notas

  1. Tietze, C. Informe mundial sobre el aborto. España: 5a. ed. Ministerio de Cultura/Instituto de la Mujer. 1983. ISBN 84-505-5116-1
  2. Soto C. Manual básico de epidemiología y medicina preventiva. 1993.
  3. Rodríguez H, Berro G: Pautas para la práctica institucional del aborto por indicación médico-legal. Rev Med Urug, 2006; 22:157-161
  4. Didaké, V 2.
  5. TERTULIANO, Apologeticum IX 8.
  6. DENTZINGER – HÜNNERMAN 670.
  7. Véase, por ejemplo, la encíclica Casti Connubii], número 23.
  8. Véase la encíclica Mater et Magistra, número 194.
  9. Número 51
  10. Evangelium vitae, número 62.
  11. a b Bakar, Osman. Abortion. Religious traditions: Islamic perspectives. En Post, S.G., ed. (2004) Encyclopedia of Bioethics. MacMillan, N.Y., vol. 1, pp. 39-43.
  12. a b Graham, Maureen J., Larsen, Ulla, & Xu, Xiping. (1998). Son Preference in Anhui Province, China. International Family Planning Perspectives, 24(2). Retrieved 2006-01-12.
  13. Sudha, S., & Irudaya Rajan, S. (1999). Female Demographic Disadvantage in India 1981-1991: Sex Selective Abortion, Female Infanticide and Excess Female Child Mortality. Retrieved 2006-01-12
  14. Mudur, Ganapati. (2002). "India plans new legislation to prevent sex selection." British Medical Journal: News Roundup. Retrieved 2006-01-12.
  15. a b Plafker, Ted. (2002-05-25). Sex selection in China sees 117 boys born for every 100 girls. British Medical Journal: News Roundup. Retrieved 2006-01-12.
  16. Santamaría, Irene (2004-06-29) Mujeres en la India de hoy. http://www.revistapueblos.org/article.php3?id_article=3 Pueblos: Revista de Información y Debate. Tomada: 2007-02-14
  17. Position Statement on Women’s Mental Health in Relation to Induced Abortion
  18. Después del aborto
  19. Abortion linked to mental problems”, The Sydney Morning Herald, 03-01-2006. Consultado el 30-04-2008.

Fuente

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Bibliografía

  • Carpizo, Jorge y Valadés, Diego (2008), 'Derechos humanos, aborto y eutanasia', Universidad Nacional Autónoma de México. ISBN (http://www.4shared.com/file/40219086/f9aa6483/DERECHOS_HUMANOS_ABORTO_Y_EUTANASIA__-_PDF.html).
  • Dworkin, Ronald. El dominio de la vida: una discusión acerca del aborto, la eutanasia y la libertad individual. 1994, Ariel. Madrid.
  • Cardeñosa Serrano, Rubén de (09/2004), 'No siempre lo legal es justo: Ley de despenalización "parcial" del aborto', Comercial Editora de Publicaciones, C.B.. ISBN 84-7050-797-4; 978-84-7050-797-7.
  • Ferrater Mora, José y Cohn, Priscilla (1988), 'Ética aplicada', Alianza Editorial, S.A.. ISBN 84-7838-421-9.
  • Singer, Peter (1995), 'Compendio de ética', Alianza Editorial, S.A..
  • www.catolicasporelderechoadecidir.org
  • Tettamanzi, Dionigi (2002), Dizionario di bioetica, Casale Monferrato: Ediciones Piemme. ISBN 88-384-6521-5.
  • Ponencia de Ignacio Carrasco de Paula sobre el embrión en la teología y en la doctrina de la Iglesia.

Véase también

Enlaces externos

Wikcionario

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Contrarios a la legalidad del aborto


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